Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: DERECHOS, GARANTÍAS Y PRINCIPIOSTema: Derechos y garantías constitucionalesSubtema: DERECHO DE PETICIÓN
Líneas Jurisprudenciales:
Agregar a favoritos

Presentada la petición, el interesado tiene la obligación de concurrir ante la autoridad solicitada a recabar su respuesta formal

¿Quieres ganar dinero?

Con nuestro programa de afiliados puedes ganar dinero recomendando nuestros servicios.

Más información
1

SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

De la Sentencia Constitucional citada, se entiende, que el peticionante, presentada que fuere su solicitud de información, éste, tiene la obligación de concurrir ante la autoridad solicitada a recabar su respuesta formal, no esperar que la autoridad solicitada busque a su persona a fin de entregarle la información que hubo requerido.

Para ver los extractos que forma esta linea jurisprudencial, es necesario que inicie sesión

Otros precedentes

1

Circunstancias en las que se vulnera el derecho de petición

Agregar a favoritos
2

Diferencia entre el silencio administrativo negativo y el derecho a la petición

Agregar a favoritos
3

El derecho de petición y su diferencia con la pretensión contenida en una demanda o recurso de impugnación

Agregar a favoritos
4

Entendimiento, comprensión y finalidad del derecho de petición

Agregar a favoritos
5

La Federación de Maestros de Educación Rural del Norte Potosí, al no haber otorgado una respuesta material y en tiempo razonable a lo solicitud de fotocopias legalizadas de la denuncia y del proceso que existiera en contra del accionante, vulneraron su derecho a la petición

Agregar a favoritos
6

La respuesta no puede quedar en la psiquis de la autoridad requerida para resolver la petición, ni al interior de la entidad a su cargo, sino que debe ser manifestada o comunicada al peticionante

Agregar a favoritos
7

Las municipales, están obligadas a resolver la petición formulada, otorgando respuesta positiva o negativa dentro los plazos establecidos en su normativa interna y a falta de ella, en un plazo razonable, con la debida fundamentación

Agregar a favoritos
8

Naturaleza Jurídica del derecho de petición

Agregar a favoritos
9

Presupuestos para ingresar a analizar la posible vulneración del derecho de petición (contenido esencial)

Agregar a favoritos
10

Pronunciamiento de la justicia constitucional, en casos en los que se alegue la vulneración del derecho de petición y otros derechos fundamentales (principio de subsidiariedad)

Agregar a favoritos
11

Cuando la petición se refiere al ejercicio del derecho a obtener determinada información no vinculada a un procedimiento, no es aplicable el plazo de seis meses previsto en el art. 17 de la LPA, tal es el caso de cuando se solicita fotocopias legalizadas sobre procedimientos concluidos o en trámite, en los que sin necesidad de ser parte de los mismos, tenga un interés legítimo para obtener determinada información; razonamiento que encuentra fundamento en el art. 85 del Reglamento a la LPA (24 horas)

Agregar a favoritos
12

Derecho de petición, oportunidad y pertinencia en la respuesta y la atención prioritaria en el caso de adultos mayores

Agregar a favoritos
13

Diferencia entre el derecho de petición y el derecho a la información

Agregar a favoritos
14

El derecho a la petición tiene un carácter instrumental, por cuanto, a través de este, se busca el reconocimiento y la efectividad de otros derechos constitucionales,

Agregar a favoritos
15

El derecho de petición en el ámbito de la Justicia Indígena Originaria Campesina (JIOC)

Agregar a favoritos
16

El derecho de petición frente a personas, agrupaciones o entidades de carácter particular

Agregar a favoritos
17

El derecho de petición reconocido a las personas jurídicas

Agregar a favoritos
18

El derecho de petición se encuentra en directa relación con el derecho de acceso a la información

Agregar a favoritos
19

El ejercicio del derecho de Petición entre autoridades y funcionarios públicos

Agregar a favoritos
20

El Estado debe garantizar el cumplimiento del derecho de petición dentro de los parámetros “del vivir bien”

Agregar a favoritos
21

El “ama qhilla” como principio ético moral lesionado al dilatar injustificadamente el objeto de la petición

Agregar a favoritos
22

En lo que concierne a la petición de fotocopias simples o legalizadas, no basta con la obtención de una respuesta favorable, sino que debe materializarse necesariamente con la entrega de las copias solicitadas por el interesado

Agregar a favoritos
23

La persona que peticione la extensión de fotocopias legalizadas, puede acceder a las mismas, cumpliendo ciertas exigencias establecidas en la jurisprudencia

Agregar a favoritos
24

La satisfacción del derecho a la petición en el contexto de las naciones y pueblos indígena originario campesinos

Agregar a favoritos
25

La tutela del derecho de petición en conexitud con el derecho a la vida (solicitudes formuladas por los pacientes con enfermedades terminales, crónicos o graves que comprometan la vida)

Agregar a favoritos
26

No queda satisfecho el derecho de petición con una mera comunicación verbal, sino que es necesario que el peticionante obtenga una respuesta formal y escrita, que debe ser necesariamente comunicada o notificada

Agregar a favoritos
27

Un Informe Legal contiene un criterio u opinión de la Unidad de Asesoría Jurídica, que no puede constituir un pronunciamiento Institucional

Agregar a favoritos