Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia Bolivia
Materia: Derecho Procesal Constitucional Tema: Acción de Libertad Subtema: PROCESAMIENTO INDEBIDO
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La tutela del debido proceso mediante la acción de libertad

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En los casos en los que se cuestione el rechazo a la solicitud de la extinción de la acción penal, se debe presentar la acción de amparo constitucional y no así acción de libertad, porque es un aspecto que atañe al debido proceso, que no está vinculado directamente con el derecho a la libertad y no existe indefensión absoluta

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El requerimiento conclusivo de acusación, es una actuación propia de la Fiscal de Materia, que no se encuentra vinculada de manera directa a la libertad de la parte accionante; ya que, no se encuentra privado de libertad ni en riesgo la misma a raíz de esa decisión fiscal, que solo tiene por finalidad la conclusión de la etapa preparatoria al establecer que existen los suficientes indicios probatorios para ir a juicio oral. Tampoco se evidencia el segundo presupuesto referido al estado absoluto de indefensión; toda vez que, el impetrante de tutela, tiene la posibilidad de interponer incidente de nulidad cuestionando los extremos que ahora pretende alegar

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El mandamiento de apremio ordenado no fue emergente del rechazo del incidente de nulidad interpuesto por el peticionante de tutela, en el cual se afirmó que el documento de compromiso de asistencia familiar carecía de validez

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No resulta evidente, el supuesto procesamiento indebido, emergente de la admisión del recurso de nulidad interpuesto contra Andrónico Rodríguez, y por ende no se constituye en la causa directa de supresión o restricción del derecho a la libertad; tampoco, se evidencia que el impetrante de tutela se encuentre en absoluto estado de indefensión, por lo que corresponde denegar la tutela solicitada