Materias

Distinción entre precedente constitucional y la ratio decidendi
¿Quieres ganar dinero?
Con nuestro programa de afiliados puedes ganar dinero recomendando nuestros servicios.
Más informaciónEn efecto, si nos preguntamos ¿qué parte de las resoluciones constitucionales es vinculante?, no podríamos concluir simple y llanamente que es la ratio decidendi, debido a que todas las resoluciones tienen una o varias razones jurídicas de la decisión, empero, no todas crean Derecho, Derecho de origen jurisprudencial, a través de la interpretación, integración e interrelación de las normas. Por ello, que existe diferencia entre ratio decidendi y precedente constitucional.
Entonces, se puede llamar precedente constitucional vinculante cuando éste es el fruto, el resultado de la interpretación y argumentación jurídica realizada por el Tribunal Constitucional Plurinacional. Como ocurrió en las siguientes resoluciones: La interpretación de una norma jurídica Declaración Constitucional 003/2005-R de 8 de junio, (interpretación del art. 118.5 CPE); SC 0101/2004-R, interpretación del art. 133 y de la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal. La integración SC 1351/2003-R de 16 de septiembre, e interrelación, SC 0421/2007-R de 22 de mayo, de las normas jurídicas.
Por lo que, el precedente constitucional es una parte de toda la Sentencia emitida por el Tribunal o Corte Constitucional, donde se concreta el alcance de una disposición constitucional, es decir, en donde se explicita qué es aquello que la Constitución Política del Estado prohíbe, permite, ordena o habilita para un tipo concreto de supuesto de hecho, a partir de una de sus indeterminadas y generales cláusulas.
Entonces, es posible afirmar que es vinculante el precedente constitucional contenido en la ratio decidendi. Es decir, en la ratio decidendi se encuentra el precedente constitucional. El precedente constitucional es vinculante siempre que exista un supuesto fáctico análogo (AC 004/2005-ECA y SC 186/2005-R).
Entonces ¿Qué es el precedente constitucional vinculante? Para responder a esta cuestionante, es preciso redundar en que: No es el texto íntegro de la sentencia, no es sólo la parte resolutiva de la sentencia (decisum), no es el obiter dictum, no es toda la ratio decidendi.
Los precedentes constitucionales están sólo en las sentencias relevantes. Se identifican a las sentencias relevantes porque son sentencias fundadoras, moduladoras, que reconducen o cambian una línea jurisprudencial expresamente o tácitamente. En el precedente constitucional se consignan: “las subreglas de Derecho”, “normas adscritas” o “concreta norma de la sentencia”, resultantes de la interpretación, interrelación o integración de las normas de la Constitución Política del Estado o de las disposiciones legales. Estas tienen más jerarquía y fuerza jurídica que las propias leyes, porque el Tribunal Constitucional es el último aplicador del Derecho. El profesor Cifuentes, señaló que la sub-regla, “Es el corazón de la decisión, de la cosa decidida”.
Para ver los extractos que forma esta linea jurisprudencial, es necesario que inicie sesión
Otros precedentes
Análisis dinámico de la jurisprudencia constitucional (Las líneas jurisprudenciales)
Aplicación del estándar más alto de la jurisprudencia constitucional
Carácter vinculante de las resoluciones emitidas por el Tribunal Constitucional (Ratio decidendi)
Efectos de la parte resolutiva de una Sentencia Constitucional
El deber de motivación en el cambio de entendimiento es una exigencia que se convierte a la vez en una garantía que permite resguardar el derecho a la igualdad en la aplicación de la ley
En el tiempo (Prospectiva "El overruling prospectivo")
En el tiempo (Retrospectiva) Aplicación retroactiva de la jurisprudencia
En mérito al principio de igualdad las autoridades jurisdiccionales resolver bajo la misma óptica los casos que planteen la misma problemática
Entendimiento y comprensión de la jurisprudencia constitucional
Entendimiento y comprensión de la línea jurisprudencial
La necesaria modulación de los efectos de las Sentencias Constitucionales en el tiempo
La ratio decidendi se encuentra en la motivación fáctica de la sentencia constitucional que resuelve el caso concreto
Los jueces y tribunales de garantías y el Tribunal Constitucional Plurinacional deben y/o pueden modular los efectos de sus sentencias en materia de acciones de defensa, otorgando efectos inmediatos, suspensivos, diferidos, conciliatorios, reparadores, preventivos; con el fin de optar por la alternativa que mejor proteja los derechos y garantías constitucionales que fueron motivo de la acción tutelar
Positivización del derecho jurisprudencial
Reglas básicas para la aplicación o invocación del precedente constitucional
Aplicación de la jurisprudencia constitucional desarrollada anteriormente, siempre y cuando no contradiga y no sea incompatible con el espíritu plurinacional, los principios y valores de la Norma Suprema
Diferencia entre el carácter vinculante y la obligatoriedad de Resoluciones Constitucionales y los medios de difusión
El precedente jurisprudencial, su vinculatoriedad horizontal y vertical
El valor, respeto e importancia de la jurisprudencia y precedente constitucional
Elementos que debe contener la decisión (decisum) o parte resolutiva de una sentencia constitucional
En relación a las Modulaciones Temporales y sus efectos ex tunc “desde entonces” o ex nunc “desde ahora”
La aplicación del precedente constitucional de estándar más alto en las acciones de libertad
Sentencia Constitucional armonizadora o reconstructora del pensamiento jurisprudencial sobre un mismo problema jurídico