Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia Bolivia
Materia: Derecho Procesal Constitucional Tema: Acción de amparo constitucional Subtema: PRINCIPIO DE INMEDIATEZ
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Entendimiento del principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional

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El recurso de amparo constitucional, fue presentado después de más de dos años de que el impetrante de tutela, fuera destituido del cargo de Director de Núcleo y un año de que hubiera sido designado Profesor de Aula, desnaturalizando su esencia, al no haber cumplido con el requisito de buscar la protección jurídica inmediata, inviabilizando de esa manera el recurso por extemporáneo

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El accionante interpuso la acción de amparo constitucional, en contra de la Sentencia Agroambiental Nacional S2a 127/2017, a los siete meses y dos días después de su notificación, por lo que operó la caducidad de su derecho para su interposición, debido a que dicho cómputo que no opera desde el momento en el que se le entregó las fotocopias legalizadas al no constituir el actuado idóneo, sino desde la notificación con la Resolución mediante cédula fijada en el tablero del Tribunal Agroambiental