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Derecho Procesal Constitucional

Materia: Derecho Procesal Constitucional Tema: Acción de amparo constitucional Subtema: PRINCIPIO DE INMEDIATEZ
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Cuando se reclama la posible lesión de derechos ante instancias no competentes, por medios inidóneos o de forma extemporánea, éstos no interrumpen el plazo establecido de caducidad en la acción de amparo constitucional
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El cómputo de los seis meses para interponer el recurso de amparo debió correr desde la notificación con la última Resolución idónea, en este caso con el Auto de Vista, por el que el Tribunal de alzada confirmó la Resolución apelada, que era el último medio idóneo para reparar las supuestas ilegalidades que hoy denuncia, no siendo idónea tanto la casación como la compulsa