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Derecho Procesal Penal

Materia: Derecho Procesal Penal Tema: Mecanismos de Impugnación Subtema: APELACIÓN INCIDENTAL
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El art. 33 del Reglamento de Conductas y Medidas Disciplinarias Inherentes al Poder Ordenador y Disciplinario en Audiencia en Materia Penal, es una decisión soft law que no goza de presunción de constitucionalidad y por lo tanto no puede modificar el art. 251 del CPP; por lo que, a efectos de computar el plazo para la apelación incidental de las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares de carácter personal, debe aplicarse el art. 251 del CPP