Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal PenalTema: Garantías constitucionalesSubtema: PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
Líneas Jurisprudenciales:
Agregar a favoritos

Sólo es vencible con una sentencia condenatoria con calidad de cosa juzgada formal y material

¿Quieres ganar dinero?

Con nuestro programa de afiliados puedes ganar dinero recomendando nuestros servicios.

Más información
1

SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

Este es un postulado básico de todo ordenamiento jurídico procesal, instituido generalmente como garantía constitucional en diversos países. El principio está dirigido a conservar el estado de inocencia de la persona durante todo el trámite procesal. La vigencia del principio determina que un procesado no puede ser considerado ni tratado como culpable, menos como delincuente, mientras no exista una sentencia condenatoria que adquiera la calidad de cosa juzgada formal y material. Esto implica que únicamente la sentencia condenatoria firme es el instrumento idóneo capaz de vencer el estado de presunción de inocencia del procesado.
El principio de presunción de inocencia está instituido de manera expresa en el art. 16.I de nuestra Constitución, bajo el siguiente texto: “Se presume la inocencia del encausado mientras no se pruebe su culpabilidad”; los pactos internacionales también contemplan el principio con un contenido más o menos similar al establecido en la normativa boliviana. Así, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos establece en su art. 14.II, que “toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a ley”. En similares términos lo establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 11) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, en su art. 8.II.

Para ver los extractos que forma esta linea jurisprudencial, es necesario que inicie sesión

Otros precedentes

1

El imputado no es el que debe probar su inocencia, sino que es el acusador el que debe probar la culpabilidad del encausado o procesado

Agregar a favoritos
2

La presunción de inocencia impide que los órganos de la persecución penal realicen actos que presuman la culpabilidad del imputado

Agregar a favoritos
3

Entendimiento, comprensión y finalidad de la presunción de inocencia

Agregar a favoritos
4

La presunción de inocencia en la Constitución Política del Estado

Agregar a favoritos
5

La presunción de inocencia en los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos

Agregar a favoritos