Materias
- Arbitraje y Conciliación
- Derecho a la Seguridad Social
- Derecho Administrativo
- Derecho Aduanero
- Derecho Agroambiental
- Derecho Civil
- Derecho Comercial
- Derecho Constitucional
- Derecho de Familia
- Derecho de la Niñez y Adolescencia
- Derecho Electoral
- Derecho Laboral
- Derecho Minero
- Derecho Municipal
- Derecho Notarial
- Derecho Penal
- Derecho Penal y Procesal Militar
- Derecho Penitenciario
- Derecho Positivo
- Derecho Procesal
- Derecho Procesal Civil
- Derecho Procesal Constitucional
- Derecho Procesal Penal
- Derecho Tributario
- DERECHOS, GARANTÍAS Y PRINCIPIOS
- Justicia Indígena, Originaria, Campesina

La acción de amparo constitucional, se rige por el principio de instancia de parte, que hace manifiesta la voluntad del accionante, de solicitar protección, restitución y en su caso reparación de los derechos y/o garantías constitucionales vulnerados
Para ver los extractos y todo el contenido sin ninguna restricción, es necesario que inicie sesión
Otros precedentes
Subreglas para considerar la existencia de actos consentidos
Improcedencia de la acción de amparo constitucional por actos consentidos
No puede acusarse como actos consentidos que el accionante hubiera ofrecido prueba de descargo en virtud a la acusación presentada por parte del Fiscal de Materia en cumplimiento a la decisión jerárquica ahora impugnada y a la acusación de la parte querellante, toda vez que sólo ejerció su derecho a la defensa dentro el proceso penal