Materias

Si bien el Estado tiene la facultad de restringir el ejercicio del derecho a la libertad física de las personas para armonizarlo con los derechos del resto de la sociedad; sin embargo, no puede limitar el resto de sus derechos fundamentales, como los derechos a la privacidad, a la intimidad, a la honra, al honor, a la propia imagen y a la dignidad
¿Quieres ganar dinero?
Con nuestro programa de afiliados puedes ganar dinero recomendando nuestros servicios.
Más informaciónInicia sesión para ver los 1 precedentes que forman esta línea jurisprudencial
Otros precedentes
Condiciones de validez para la restricción de la libertad física
El ejercicio de los derechos de las personas privadas de libertad, no puede estar supeditado a la disponibilidad de recursos económicos
Entendimiento, comprensión y finalidad del derecho a la libertad física
Medidas a adoptarse por los Estados frente a la pandemia del COVID-19, en relación a los privados de libertad