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La visión plural de la muerte, la dignidad y su vinculación con el derecho a la libertad de espiritualidad, religión y culto
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Más informaciónDe acuerdo al art. 8.II de la CPE, la dignidad es uno de los valores en los que se sustenta el Estado y, por ende, de acuerdo al art. 9.2 de la CPE, el Estado tiene como fin y función especial “Garantizar el bienestar, el desarrollo, la seguridad y la protección e igual dignidad de las personas, las naciones, los pueblos y las comunidades, y fomentar el respeto mutuo y el diálogo intracultural, intercultural y plurilingüe” (las negrillas nos pertenecen).
Además de estar concebida como un valor, la dignidad también está consagrada como un derecho en el art. 21.2 de la CPE, que establece que las bolivianas y los bolivianos tienen, entre otros, derecho “A la privacidad, intimidad, honra, honor, propia imagen y dignidad”. Asimismo en el art. 22, ha establecido: “La dignidad y la libertad de la persona inviolables. Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado” (las negrillas son agregadas).
Por su parte, el art. 11 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, establece que: “Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad”.
De acuerdo a los razonamientos glosados, la persona no puede ser tratada como un medio, sino como un fin en sí misma y, por lo tanto, están proscritos aquellos actos o medidas que convierten a la persona en un instrumento para la consecución de fines ajenos a su valor como persona; de ahí que la jurisprudencia constitucional hubiera concedido la tutela a quienes fueron retenidos en los hospitales públicos y privados no sólo por lesión al derecho a la libertad, sino también por lesión al derecho a la dignidad de las personas que se encontraban con vida, pues, se reitera se entendió que, en caso de fallecimiento, no existía legitimación activa para presentar la correspondiente acción de libertad.
Ahora bien, desde una concepción eminentemente civilista, podría sostenerse, conforme lo hace nuestro Código Civil, que la muerte pone fin a la personalidad (art. 2 del CC) y que por tanto, ya no se es titular del derecho a la dignidad, y que tampoco podría representarse a un fallecido en la defensa de derechos fundamentales por ser éstos inherentes a una persona física y con vida, que fue la posición que asumió el entonces Tribunal Constitucional en la SC 0001/2010-R.
Sin embargo, dicha concepción debe ser matizada a la luz de la importancia que reviste la “muerte” y los diferentes significados que tiene dentro de una comunidad, así como los efectos que produce en la familia, en la sociedad y en la cultura; aspectos que van más allá del enfoque civilista y que permiten afirmar que la dignidad de la persona transciende a la “muerte” y, en ese sentido, el cuerpo humano no se disocia tan fácilmente de lo que en vida representó el ser humano, tanto para la familia como para la comunidad, quienes tienden a preservar la dignidad de sus seres queridos aún después de la muerte, dignidad que se encarna en el cuerpo humano.
De ahí que históricamente, desde las diferentes culturas, religiones y concepciones, se haya guardado respeto al cuerpo y se hayan establecido diferentes ritos, homenajes y ceremonias, que forman parte del derecho a la libertad de espiritualidad, religión y culto, que puede expresarse en forma individual o colectiva, tanto en público como en privado, conforme lo determina el art. 21 de la CPE.
Ahora bien, desde la perspectiva de las naciones y pueblos indígenas, el fallecimiento no implica la muerte de la persona, pues ésta permanece en la comunidad, sigue existiendo de un modo intangible. Así, conforme concluyó la Unidad de Descolonización de este Tribunal, desde la concepción de los pueblos indígenas: “…no hay muerte (…) Nuestros abuelos no mueren, viven aquí; por ejemplo los chullpas caminan y están a nuestro lado porque son nuestros antepasados, ellos también 'comen', 'beben' agua, 'viajan', 'trabajan', 'se visten', nos 'visitan' el primero de noviembre al medio día, luego se van al otro día, a la misma hora que (h)a llegado o ha arribado a esta pacha' (quien viaja siempre te visita) Esta forma de concebir la vida, ratifica que para las naciones y pueblos indígena originario campesinos no hay muerte; simplemente es el 'paso de un espacio a otro del cosmos.
(…) esa vida que es considerada 'sagrada', que está por encima de todo, tiene una traslación de un espacio a otro. Esta traslación es concebida, desde el occidente, como la 'muerte'. Pero desde la visión cosmocéntrica, esa transición sólo es un puente a otra 'vida' a otro ciclo vital. En suma, chacha o warmi, transita después de haber cumplido su ciclo vital en el espacio del aka pacha, a la comunidad de la naturaleza y a la comunidad de las deidades.
Por tanto, este 'proceso' de transición de la vida, de un espacio a otro, se puede explicar con el siguiente ejemplo: 'la semilla (jatha/muju) muere y da paso a otra planta que nace, crece y reproduce en el fruto, el fruto da paso nuevamente a la semilla (jatha/muju). Este proceso, nos lleva a comprender que la semilla (jatha/muju), desde una visión ajena, muere; pero lo que realmente ha sucedido es la traslación de un espacio a otro, porque a partir de la semilla (jatha/muju) se genera la vida, y esta semilla (jata/muju) llega a ser tierra (que tiene a la vez su propia vida). En este caso se convierte en abono, y este abono genera vida a la vez, porque la planta que ha germinado de la semilla (jatha/muju), necesita de elementos como el abono para seguir desarrollándose. Por eso es cíclico.
La otra vida. El ya 'estar' en otro espacio cósmico o pacha, por el efecto de la traslación, de un espacio de vida a otro, se le ha denominado la 'otra' vida, desde las naciones y pueblos indígenas. Y lo que debe quedar claro, es que en este proceso, no existe ruptura de los espacios, por decir así entre el 'alaxpacha' y el 'akapacha'. Estos espacios tienen su razón de ser a partir de las relaciones constantes, que interactúan. Esa es una de las razones del por qué, en la memoria indígena, se concibe que: 'continuamos conectados con nuestros antepasados, que son considerados como deidades sagradas, que continúan unidos con la comunidad humana y la comunidad de la naturaleza, a través de la convivencia; es más, nos ayuda en la planificación de nuestras actividades de corto y largo plazo, en la resolución de problemas, a través de la conexión metafísica, que como ciencia nos muestra la salud; asimismo, la metafísica también nos permite el encuentro con nuestros seres queridos, por medio de los sueños que nos permiten regular, nuestras vidas y nos muestran el futuro” (las negrillas fueron añadidas).
Desde esta concepción, entonces, no existe la muerte como tal, sino la transición en diferentes momentos y espacios cósmicos, concibiéndose así la vida “de manera holística en que todos los seres vivos son parte del cosmos, y como tales llegan a constituirse en la comunidad cósmica (sentido propio), en cualquiera de los espacios: aka pacha, mankha pacha, alax pacha y hanan pacha”.
Desde este enfoque, el cuerpo tiene una connotación fundamental, y así se desprende de los relatos de los cronistas, como por ejemplo, Guamán Poma de Ayala, que relató: “En este mes (noviembre) sacan los difuntos de sus bóvedas que llaman pucullo, y le dan de comer y beber, y le visten de sus vestidos ricos, y le ponen plumas en la cabeza, y cantan y danzan con ellos, y le ponen unas andas y andan con ellas en casa en casa y por las calles y por la plaza…”.
Sobre el texto transcrito, la Unidad de Descolonización estableció que dichos datos connotan algo muy sustancial, “porque, cuando asevera que 'le dan de comer y beber', hace notar que se refieren a un ser humano idéntico a ellos y no así a uno que es inanimado o inerte (muerto sin vitalidad, como lo es en la concepción occidental, en el que el muerto no come ni bebe) (…) cuando afirman que les 'visten', 'cantan' y 'bailan' junto a los difuntos por las calles y plazas, se está haciendo notar que no existe el ser inanimado ni inerte (tal 'muerto'); al contrario, sólo 'conviven', con sus hermanos o sus ancestros que se fueron a otro espacio del cosmos o pacha, y que para ellos existe un día especial; de ahí que ahora ellos están de visita, por eso 'cantan' y 'bailan' con mucha alegría. Por tanto, el mes en el que se realiza toda esta fiesta, es una fiesta del 're-encuentro' entre seres de dos o diferentes espacios. De ahí que, el trato de estos seres de otro espacio (que están de visita) es especial, y toda la atención que se le presta, es auténticamente como a sus similares y no como a seres inertes, sin vitalidad… Al respecto, como última sentencia, para comprender que no se trataba de una 'resurrección' al estilo occidente ni algo parecido, en la misma crónica de Garcilaso de la Vega se pudo apreciar, la siguiente determinación: 'No entendían que la otra vida era espiritual, sino corporal, como esta misma'”.
“…dentro de la concepción ancestral, la vida tiene un sentido totalmente opuesto al de occidente; ya que la vida es ante todo, 'un estar' en diferentes espacios, porque no hay 'muerte'. Este argumento, tiene mayor sustento, visto desde las siguientes interrogantes y respuestas:
Entonces, si desde la concepción de las naciones y pueblos indígena originario campesinos la vida es un tránsito hacia otros espacios o mundos, la muerte no existe como tal y, por tanto los seres que habitan los diferentes espacios del cosmos conviven en armonía y, el cuerpo de quienes ya no están en la comunidad humana, ivi (tierra), tiene un especial significado y valor y, en determinadas fechas y momentos, conviven con los hermanos que sí se encuentran en ese espacio, presentes en los ritos (yerure) y las ceremonias que se celebran, por ejemplo el mes de noviembre.
Así, desde esa visión, no existe la muerte del ser humano y tampoco se halla la conversión del cuerpo en objeto, “del sujeto en objeto”; pues, en la cosmovisión ancestral, seguimos siendo sujetos más allá de la “muerte” concebida occidentalmente; por eso se habla y se pide ayuda a los “ajayus” “mirata reta”, quienes se convierten en “achachilas”, iya reta; es decir, energías individuales que al transitar a otro espacio, se convierten en una energía cósmica que se aloja en los cerros y montes (kaa), que son los depositarios de esas energías “sentipensantes”.
En conclusión desde esta visión, se puede afirmar que el cuerpo de las personas no podría ser utilizado como un medio o instrumento para obtener beneficios económicos o para lograr el pago de deudas o para exigir la realización de alguna actividad, pues, por una parte, el cuerpo mismo, participa de la dignidad de los hermanos que habitan la comunidad humana y, por otra, al utilizar de esa manera el cuerpo, se impide al hombre o la mujer transitar al otro espacio y la realización de los ritos y las ceremonias que coadyuvan a dicho fin.
A similar conclusión se llega desde la perspectiva de las diferentes religiones, como por ejemplo la católica, que predica la dignidad de las personas como hijos de Dios y creados a su imagen y semejanza. Así, bajo esta perspectiva religiosa, la muerte no termina la relación con Dios, pues el centro de la fe cristiana es la creencia en una vida eterna. En ese entendido, en la resurrección, cuerpo y alma se unen entre sí para siempre. Por tal motivo, desde la religión católica se cree en la santidad del cuerpo y ello se afirma en los cuidados que se toman para preparar el cuerpo del fallecido para enterrarlo, previa celebración de los ritos del funeral católico: La vigilia por el fallecido, la misa de funeral o liturgia y el rito del último adiós.
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