Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia Bolivia
Materia: Derecho Procesal Penal Tema: Excepciones e incidentes Subtema: EXCEPCIONES
Precedente:
Agregar a favoritos

Es posible plantear por más de una vez la misma excepción, bajo la condición de que deba sustentarse en motivos diferentes

1

El Juez de Sentencia Penal, al declarar no ha lugar a la reposición planteada sobre la decisión de remisión de obrados al Tribunal Supremo de Justicia, bajo el sustento de que ya se habían resuelto las excepciones iguales anteriormente, no consideró que la jurisprudencia constitucional, precisó que era posible la presentación por más de una vez, de cualquiera de las excepciones reguladas por el art. 308 del CPP