Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia Bolivia
Materia: Derecho Procesal Constitucional Tema: Acción de Libertad Subtema:

PRINCIPIO DE INFORMALISMO

1

En virtud a este principio, la jurisdicción constitucional se encuentra facultada de revisar de oficio la interpretación de legalidad ordinaria y la valoración de la prueba

2

No puede afectar el derecho a la defensa de la parte demandada en la acción de libertad

3

Posibilidad de tutelar derechos conexos que no se encuentran dentro del ámbito de protección de la acción de libertad

4

En las acciones de libertad es posible que el accionante modifique los derechos supuestamente vulnerados e, inclusive, modifique o amplíe los hechos, bajo la única condición que tengan conexitud con el hecho inicialmente demandado

5

Entendimiento, comprensión y finalidad del principio de informalismo en la acción de libertad

6

Por el informalismo de la acción de libertad, podrá resolverse de acuerdo al principio iura novit curia excluyéndose así la aplicación del principio de congruencia

7

Por el principio de informalismo de la acción de libertad, no se precisa que la accionante haga cita de los derechos específicamente vulnerados