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La legitimación activa como requisito de procedencia en la acción de amparo constitucional
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Otros precedentes
Entendimiento y fundamento de la legitimación activa en la acción amparo constitucional
Las personas jurídicas (privadas) para interponer acción de amparo constitucional, deben acompañar poder notarial y adjuntar otros requisitos inherentes a la existencia de la persona jurídica
Presentación de la acción de amparo constitucional mediante poder notarial especial, suficiente y bastante
Toda persona que busca tutela mediante la acción de amparo constitucional, debe acreditar su legitimación activa
Cuando la acción tutelar es consecuencia de un proceso judicial, no será exigible el cumplimiento de los requisitos inherentes a la existencia de la persona jurídica (privada)
Distinción entre legitimación activa y la capacidad procesal para interponer la acción de amparo constitucional
El poder notarial otorgado por el accionante, faculta a la representante a plantear la acción de amparo en contra de una persona natural, incurriendo en una falta de individualización respecto de la persona jurídica Cooperativa de Transporte Nacional e Internacional de Carga “Mejillones Ltda.”; sin embargo, la falta de técnica queda superada cuando la valoración de un poder dentro de todo proceso debe regirse por la interpretación más favorable a la acción procesal
La legitimación activa en la acción de amparo, en casos o circunstancias en los que el accionante fallece
Las autoridades demandadas, al no ser parte de los procesos en los que no se aceptaron las excusas interpuestas, carecen de legitimación activa para interponer la presente acción de amparo constitucional; ya que el derecho al juez natural denunciado como vulnerado, protege los derechos de las partes del proceso y no así los derechos de los administradores de justicia
Legitimación activa de las personas jurídicas (públicas) para interponer acción de amparo constitucional
Legitimación activa de las personas naturales o físicas para interponer la acción de amparo constitucional
Legitimación activa en la acción de amparo constitucional relacionada con la recusación como mecanismo para impugnar el derecho al juez natural o imparcial
Los poderdantes, únicamente tenían facultades administrativas y de representación sobre la empresa privada en liquidación, por lo que no podían otorgar a favor del apoderado, prerrogativas que no fueron expresa y específicamente otorgadas por la referida Sociedad, a efectos de que se apersone a sede constitucional e interponga la presente acción de amparo constitucional
Quien pretende actuar en representación de una asociación de hecho -para activar la jurisdicción constitucional-, debe acreditar tal vocación, acompañando los acuerdos de los miembros que la integran, en aplicación de la norma citada
Respecto a la legitimación activa de los defensores de oficio y estatales, para interponer la acción de amparo constitucional
Respecto a la legitimación activa en la acción de amparo constitucional, por sucesión procesal (herederos)