Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia Bolivia
Materia: Derecho Procesal Constitucional Tema: Acción de amparo constitucional Subtema:

LEGITIMACIÓN ACTIVA

1

Entendimiento y fundamento de la legitimación activa en la acción amparo constitucional

2

Las personas jurídicas (privadas) para interponer acción de amparo constitucional, deben acompañar poder notarial y adjuntar otros requisitos inherentes a la existencia de la persona jurídica

3

Presentación de la acción de amparo constitucional mediante poder notarial especial, suficiente y bastante

4

Toda persona que busca tutela mediante la acción de amparo constitucional, debe acreditar su legitimación activa

5

Cuando la acción tutelar es consecuencia de un proceso judicial, no será exigible el cumplimiento de los requisitos inherentes a la existencia de la persona jurídica (privada)

6

Distinción entre legitimación activa y la capacidad procesal para interponer la acción de amparo constitucional

7

El poder notarial otorgado por el accionante, faculta a la representante a plantear la acción de amparo en contra de una persona natural, incurriendo en una falta de individualización respecto de la persona jurídica Cooperativa de Transporte Nacional e Internacional de Carga “Mejillones Ltda.”; sin embargo, la falta de técnica queda superada cuando la valoración de un poder dentro de todo proceso debe regirse por la interpretación más favorable a la acción procesal

8

En torno a la legitimación activa de los abogados patrocinantes, que demandan el cobro de honorarios profesionales, a través de la acción de amparo constitucional

9

La legitimación activa como requisito de procedencia en la acción de amparo constitucional

10

La legitimación activa en la acción de amparo, en casos o circunstancias en los que el accionante fallece

11

Las autoridades demandadas, al no ser parte de los procesos en los que no se aceptaron las excusas interpuestas, carecen de legitimación activa para interponer la presente acción de amparo constitucional; ya que el derecho al juez natural denunciado como vulnerado, protege los derechos de las partes del proceso y no así los derechos de los administradores de justicia

12

Legitimación activa de las personas jurídicas (públicas) para interponer acción de amparo constitucional

13

Legitimación activa de las personas naturales o físicas para interponer la acción de amparo constitucional

14

Legitimación activa en la acción de amparo constitucional relacionada con la recusación como mecanismo para impugnar el derecho al juez natural o imparcial

15

Los poderdantes, únicamente tenían facultades administrativas y de representación sobre la empresa privada en liquidación, por lo que no podían otorgar a favor del apoderado, prerrogativas que no fueron expresa y específicamente otorgadas por la referida Sociedad, a efectos de que se apersone a sede constitucional e interponga la presente acción de amparo constitucional

16

Quien pretende actuar en representación de una asociación de hecho -para activar la jurisdicción constitucional-, debe acreditar tal vocación, acompañando los acuerdos de los miembros que la integran, en aplicación de la norma citada

17

Respecto a la legitimación activa de los defensores de oficio y estatales, para interponer la acción de amparo constitucional

18

Respecto a la legitimación activa en la acción de amparo constitucional, por sucesión procesal (herederos)