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Cuando la acción tutelar es consecuencia de un proceso judicial, no será exigible el cumplimiento de los requisitos inherentes a la existencia de la persona jurídica (privada)
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Otros precedentes
Entendimiento y fundamento de la legitimación activa en la acción amparo constitucional
Las personas jurídicas (privadas) para interponer acción de amparo constitucional, deben acompañar poder notarial y adjuntar otros requisitos inherentes a la existencia de la persona jurídica
Presentación de la acción de amparo constitucional mediante poder notarial especial, suficiente y bastante
Toda persona que busca tutela mediante la acción de amparo constitucional, debe acreditar su legitimación activa
Cuando la tutela la solicita, quién no es agraviado personal y directo con un acto u omisión denunciada de ilegal, es inviable el recurso por falta de legitimación activa
Distinción entre legitimación activa y la capacidad procesal para interponer la acción de amparo constitucional
El poder notarial otorgado por el accionante, faculta a la representante a plantear la acción de amparo en contra de una persona natural, incurriendo en una falta de individualización respecto de la persona jurídica Cooperativa de Transporte Nacional e Internacional de Carga “Mejillones Ltda.”; sin embargo, la falta de técnica queda superada cuando la valoración de un poder dentro de todo proceso debe regirse por la interpretación más favorable a la acción procesal
En torno a la falta de legitimación activa de la autoridad judicial para cuestionar la decisión asumida en revisión respecto a su excusa
En torno a la legitimación activa de los abogados patrocinantes, que demandan el cobro de honorarios profesionales, a través de la acción de amparo constitucional
La legitimación activa como requisito de procedencia en la acción de amparo constitucional
La legitimación activa en la acción de amparo, en casos o circunstancias en los que el accionante fallece
Legitimación activa de las personas jurídicas (públicas) para interponer acción de amparo constitucional
Legitimación activa de las personas naturales o físicas para interponer la acción de amparo constitucional
Legitimación activa en la acción de amparo constitucional relacionada con la recusación como mecanismo para impugnar el derecho al juez natural o imparcial
Los poderdantes, únicamente tenían facultades administrativas y de representación sobre la empresa privada en liquidación, por lo que no podían otorgar a favor del apoderado, prerrogativas que no fueron expresa y específicamente otorgadas por la referida Sociedad, a efectos de que se apersone a sede constitucional e interponga la presente acción de amparo constitucional
Quien pretende actuar en representación de una asociación de hecho -para activar la jurisdicción constitucional-, debe acreditar tal vocación, acompañando los acuerdos de los miembros que la integran, en aplicación de la norma citada
Respecto a la legitimación activa de los defensores de oficio y estatales, para interponer la acción de amparo constitucional
Respecto a la legitimación activa en la acción de amparo constitucional, por sucesión procesal (herederos)