Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho LaboralTema: Principios del derecho laboralSubtema: PRINCIPIO DE INVERSIÓN DE LA PRUEBA
Línea Jurisprudencial:
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Con la inversión de la prueba que determinan los arts. 3-h), 66 y 150 CPT, no pude infringirse ni desconocerse el principio de presunción de inocencia

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Otros precedentes

1

Entendimiento, comprensión y finalidad del principio de inversión de la prueba en materia laboral

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2

La inversión de la prueba en los procesos laborales, al ser una característica propia de los mismos, no conlleva la vulneración de la garantía del debido proceso

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3

La inversión de la prueba en materia laboral, no lesiona de modo alguno la seguridad jurídica

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4

Las disposiciones legales que regulan la inversión de la prueba no disponen que el empleador “haga lo que la Constitución y las leyes no mandan”

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5

Las normas contenidas en los art. 3-h), 66 y 150 CPT (que regulan la inversión de la prueba) no son contrarias al principio de igualdad

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