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Derecho Laboral

Tribunal: Tribunal Supremo de JusticiaMateria: Derecho LaboralTema: DescansosSubtema: VACACIONES
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En torno a la compensación en dinero de las vacaciones
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El Servicio Departamental de Caminos, al no haber otorgado a la demandante la posibilidad de hacer uso oportuno de su derecho a las vacaciones sobreviniendo el retiro; corresponde su compensación en dinero, por su naturaleza irrenunciable e imprescriptible, por lo que, el pago dispuesto en sentencia y confirmado por el Auto de Vista respecto a la vacaciones de las gestiones 2019 (trece días) 2020, 2021 y duodécimas de la gestión 2022 se efectuó de manera correcta
Otros precedentes
1
Respecto a la prescripción de las vacaciones
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