Materias
Derecho de Familia

Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho de FamiliaTema: Medidas Provisionales
Subtema:
CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES

1
Las medidas provisionales no son susceptibles de impugnación y su ejecución no está sujeta a la entrega de algún tipo de garantía; por ello, su cumplimiento debe ser inmediato, caso contrario su incumplimiento merece una sanción o sanciones, conforme a lo establecido por el art. 273.III del CFPF
Agregar a favoritos