Número de resolución: SCP 0410/2013
Fecha: 27 de Marzo del 2013
VALORACIÓN DE LA PRUEBA
Mediante la acción de amparo constitucional no puede efectuarse nueva valoración de prueba, ya que ello es una facultad privativa de la jurisdicción ordinaria; no obstante, de manera excepcional puede verificar su valoración previo el cumplimiento de requisitos
VALORACIÓN DE LA PRUEBA
Valoración de la prueba como presupuesto esencial del debido proceso
PRINCIPIO DE IMPULSO DE OFICIO
Entendimiento, comprensión y finalidad del principio de impulso de oficio
PRINCIPIO DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS
Entendimiento, comprensión y finalidad del principio de promoción de los derechos
PRINCIPIO DE VERDAD MATERIAL
Entendimiento, comprensión y finalidad del principio de verdad material (prevalencia del derecho sustantivo sobre el derecho adjetivo o sobre las formas procesales)
INTERPRETACIÓN DE LA LEGALIDAD ORDINARIA
Presupuestos para revisar la interpretación de la legalidad ordinaria mediante la acción de amparo constitucional