Número de resolución:

SCP 0216/2015-S2

Fecha: 25 de Febrero del 2015

1

DERECHOS DE LAS FAMILIAS

En mérito al derecho de las familias, a expresar su identidad y cultura dentro de la sociedad de la cual son núcleo, el derecho al apellido es extensible a todos los miembros de la familia

2

UNIÓN CONYUGAL LIBRE O DE HECHO

Entendimiento, finalidad y efectos jurídicos de la unión conyugal libre o de hecho

3

UNIÓN CONYUGAL LIBRE O DE HECHO

La persona que haya mantenido matrimonio civil o unión libre conyugal o de hecho estable con el fallecido, tiene derecho a utilizar el apellido de éste o a mantenerlo si se hizo uso de él cuando todavía vivía su cónyuge

4

NATURALEZA JURÍDICA

Principios procesales configuradores del amparo constitucional (inmediatez y subsidiariedad)