Número de resolución:

SC 0965/2006-R

Fecha: 02 de Octubre del 2006

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VALORACIÓN DE LA PRUEBA

Mediante la acción de amparo constitucional no puede efectuarse nueva valoración de prueba, ya que ello es una facultad privativa de la jurisdicción ordinaria; no obstante, de manera excepcional puede verificar su valoración previo el cumplimiento de requisitos