Número de resolución:

SC 0854/2010-R

Fecha: 10 de Agosto del 2010

1

VALORACIÓN DE LA PRUEBA

Mediante la acción de amparo constitucional no puede efectuarse nueva valoración de prueba, ya que ello es una facultad privativa de la jurisdicción ordinaria; no obstante, de manera excepcional puede verificar su valoración previo el cumplimiento de requisitos

2

INTERPRETACIÓN DE LA LEGALIDAD ORDINARIA

Presupuestos para revisar la interpretación de la legalidad ordinaria mediante la acción de amparo constitucional