Número de resolución:
SCP 1234/2013-L
Fecha: 10 de Octubre del 2013
1
AVASALLAMIENTOS
Para el caso específico de vías de hecho vinculadas al avasallamiento de predios agrarios, el peticionante deberá acreditar la titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho, mediante el registro de propiedad; sin embargo, si su derecho no se encontraría registrado, el uso, goce y disfrute del mismo podrá ser comprobado por todos los medios de prueba que el accionante considera oportuno (flexibilización)