Número de resolución: SC 1018/2011-R
Fecha: 22 de Junio del 2011
NATURALEZA JURÍDICA
Diferencia entre derechos o intereses colectivos, difusos e individuales homogéneos en la acción popular
NATURALEZA JURÍDICA
Entendimiento, configuración constitucional y características de la acción popular
LEGITIMACIÓN ACTIVA
La acción popular puede ser presentada por cualquier persona cuando se alegue lesión a derechos colectivos o intereses difusos
NATURALEZA JURÍDICA
No es exigible el principio de inmediatez para la procedencia de la acción popular
NATURALEZA JURÍDICA
No es exigible el principio de subsidiariedad para la procedencia de la acción popular
NATURALEZA JURÍDICA
Ámbito de protección de la acción popular (derechos e intereses colectivos y difusos)
TERCEROS INTERESADOS
En la acción popular, la participación de los terceros interesados no es un requisito de admisibilidad; sin embargo, si alguna persona o grupo de personas considera que con la resolución se pueden afectar sus derechos, pueden presentarse en la audiencia
LEGITIMACIÓN PASIVA
Entendimiento, comprensión y finalidad de la legitimación pasiva en la acción popular
NATURALEZA JURÍDICA
Fundamentos constitucionales de la acción popular