Número de resolución: SC 1018/2011-R

Fecha: 22 de Junio del 2011

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NATURALEZA JURÍDICA

Diferencia entre derechos o intereses colectivos, difusos e individuales homogéneos en la acción popular

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NATURALEZA JURÍDICA

Entendimiento, configuración constitucional y características de la acción popular

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LEGITIMACIÓN ACTIVA

La acción popular puede ser presentada por cualquier persona cuando se alegue lesión a derechos colectivos o intereses difusos

4

NATURALEZA JURÍDICA

No es exigible el principio de inmediatez para la procedencia de la acción popular

5

NATURALEZA JURÍDICA

No es exigible el principio de subsidiariedad para la procedencia de la acción popular

6

NATURALEZA JURÍDICA

Ámbito de protección de la acción popular (derechos e intereses colectivos y difusos)

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TERCEROS INTERESADOS

En la acción popular, la participación de los terceros interesados no es un requisito de admisibilidad; sin embargo, si alguna persona o grupo de personas considera que con la resolución se pueden afectar sus derechos, pueden presentarse en la audiencia

8

LEGITIMACIÓN PASIVA

Entendimiento, comprensión y finalidad de la legitimación pasiva en la acción popular

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NATURALEZA JURÍDICA

Fundamentos constitucionales de la acción popular