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Marco normativo internacional de la presunción de inocencia
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Más informaciónEl bloque de constitucionalidad reconocido por el art. 410 de la CPE, constituido por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y las normas de Derecho Comunitario, conforman el conjunto de normas que se integran en el ordenamiento jurídico interno y configuran conjuntamente con la Constitución una unidad constitucional fundamentadora e informadora de todo el orden jurídico interno, que sirve de parámetro para la interpretación de las normas jurídicas.
En el marco de lo señalado, la presunción de inocencia goza de un reconocimiento expreso en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos ratificados por el país, entre ellos, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
En efecto, el art. 14.2 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos señala que:
Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley.
A su vez la Declaración Universal de Derechos Humanos en su art. 11.1 menciona que:
Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa (las negrillas nos pertenecen).
Por su parte la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre aprobada en la Novena Conferencia Internacional Americana de 1948, en su art. XXVI establece lo siguiente:
Se presume que todo acusado es inocente, hasta que se pruebe que es culpable.
Toda persona acusada de delito tiene derecho ser oída en forma imparcial y publica, a ser juzgada por tribunales anteriormente establecidos de acuerdo con leyes preexistentes y a que no se le imponga penas crueles, infamantes o inusitadas (las negrillas son agregadas).
Finalmente el art. 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos dispone que:
Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad.
Para ver los extractos que forma esta linea jurisprudencial, es necesario que inicie sesión
Otros precedentes
La presunción de inocencia forma parte del debido proceso
La presunción de inocencia no es solo aplicable en materia penal, sino también en materia administrativa
Ninguna autoridad jurisdiccional ni personal de apoyo jurisdiccional podrá ser tratada como culpable mientras no exista una decisión emergente de un procesamiento que cumpla estrictamente con todas las garantías y derechos fundamentales reconocidos por el bloque de constitucionalidad
Triple dimensión de la presunción de inocencia (Principio, derecho y garantía)