Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: DERECHOS, GARANTÍAS Y PRINCIPIOSTema: Principios del derechoSubtema: PRINCIPIO DE CONGRUENCIA
Línea Jurisprudencial:
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El Juez o tribunal de alzada, debe pronunciarse también sobre los puntos esgrimidos en la respuesta al recurso de apelación. Entendimiento que también es aplicable al pronunciamiento del tribunal de casación

1

SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

Ahora bien, la misma obligación que tiene el juez ad quem frente a los apelantes, también debe cumplirla frente a la parte adversa, para el caso de que el procedimiento aplicable admita que la misma pueda responder al recurso, pues omitir las consideraciones a la respuesta igual que no responder a los puntos de apelación, resulta arbitrario y por lo mismo, daría lugar a una omisión indebida plasmada en la resolución que resuelve la apelación.
Lo expuesto, no responde únicamente a un mero formulismo de estructura sino que al margen de ello, responde al cumplimiento de deberes esenciales del juez que a su vez implican el respeto de derechos y garantías fundamentales de orden procesal expresamente reconocidos a los sujetos procesales, así como el derecho de acceso a la justicia, a la garantía del debido proceso que entre uno de sus elementos, reconoce el derecho a exigir una resolución motivada.

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Otros precedentes

1

Comprende dos acepciones (Congruencia externa e interna)

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2

Cuando tenga que resolverse varias apelaciones en una misma resolución, deberá individualizárselas a cada una de ellas; ya que el único caso que podrá dirigirse en su fundamentación a dos o más apelantes, será cuando éstos hubieran coincidido en sus argumentos al presentar su apelación, o varios hubieran presentado apelación en forma conjunta

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3

El Juez o Tribunal de apelación, puede revisar de oficio la competencia en razón de la materia o funcional y determinar la nulidad de obrados

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4

El juez o tribunal superior en grado puede apartarse del cumplimiento de los principios de congruencia y pertinencia, cuando en su labor fiscalizadora adviertan vulneraciones de derechos fundamentales y/o garantías constitucionales

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5

Entendimiento y ámbitos que abarca el principio de congruencia

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6

La vulneración al debido proceso en su elemento congruencia puede derivar de dos causales (incongruencia omisiva y aditiva) (citra petita y ultra petita)

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7

Los principios de congruencia y pertinencia deben ser entendidos desde dos dimensiones (como obligación y derecho)

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8

Los principios de congruencia y pertinencia, representan el límite de la actuación de la autoridad de alzada

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9

Toda resolución dictada en apelación, debe sujetarse a los puntos de apelación expuestos por la parte apelante, que se entiende deben estar relacionados con lo discutido ante el juez a quo

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10

El principio de congruencia en materia penal

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11

La autoridad de alzada (judicial o disciplinario), al no pronunciarse sobre el contenido de las pretensiones solicitadas en el recurso de apelación, incurre en una incongruencia omisiva

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12

Respecto al pronunciamiento ultra petita y extra petita

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