Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal ConstitucionalTema: Grupos VulnerablesSubtema: PERSONAS CON DISCAPACIDAD
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La tutela reforzada que otorga el Estado en favor de grupos vulnerables (personas con discapacidad)

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

Bajo ese razonamiento, La Norma Suprema y los Organismos Internacionales han sido reiterativos en la obligación del Estado de proteger a aquellas personas que se encuentran en situaciones de debilidad manifiesta, como es el caso de las personas con discapacidad; y, en coherencia con lo referido el derecho fundamental a la inamovilidad funcionaria de personas que tengan bajo su dependencia personas con discapacidad, importa la protección constitucional reforzada para obtener y conservar una fuente de trabajo, a modo de prever una eventual ruptura de la relación laboral que afecte al discapacitado en los beneficios que le asisten.

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Otros precedentes

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Cuando se denuncie la vulneración del derecho al trabajo de una persona con discapacidad, debe procurarse la materialización del valor superior de la igualdad

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2

Entendimiento, comprensión y protección de la persona con discapacidad

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3

La protección de los derechos de las personas con discapacidad, no supone el desconocimiento de derechos subjetivos consolidados de tercera personas; sino, implica un trato preferencial en el acceso a otros derechos, con el fin de materializar la igualdad formal reconocida en el texto constitucional.

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4

No se evidencia que las autoridades demandadas, hubiesen lesionado los derechos constitucionales de la hija con discapacidad de la accionante; ya que, no se advierte que se haya puesto de manera oportuna, en conocimiento de los Vocales, los hechos que ahora se alegan en la demandada tutelar

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