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Derecho Procesal Constitucional

Materia: Derecho Procesal Constitucional Tema: Acción Popular Subtema: PATRIMONIO PÚBLICO
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La virtual afectación del patrimonio público, aun cuando resulte de interés general, no puede tener el carácter de definitivo; por el contrario y en mérito a la propia esencia y valor del patrimonio cultural y los espacios públicos, deberá limitarse en el tiempo; no podrá extenderse por más tiempo que el estrictamente requerido para la construcción, refacción o mantenimiento y, sin alterar su estructura original o al propio fin que le ha sido asignado