Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal ConstitucionalTema: Acción PopularSubtema: MEDIO AMBIENTE
Línea Jurisprudencial:
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Entendimiento, comprensión y finalidad del derecho al medio ambiente

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SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

El medio ambiente está compuesto por "una pluralidad de elementos que son reconocibles en su individualidad como el agua, los animales, las plantas y los seres humanos, en su elementos heterogéneo, algunos tienen vida como los animales y otros sólo tienen existencia, como las montañas y la tierra, son naturales y artificiales como los construidos por el hombre, como un edificio, u otros ideales como la "la belleza de un panorama"; elementos que se encuentran integrados y se relacionan según pautas de coexistencia".
La Constitución Política del Estado, en su art. 33, ha previsto que: "Las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado. El ejercicio de este derecho debe permitir a los individuos y colectividades de las presentes y futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente".
El derecho al medio ambiente es el derecho de interés colectivo, donde la sociedad es la beneficiaria, donde "no sólo es necesario el mantenimiento de los requisitos ambientales, imprescindibles para la conservación del sistema ecológico en el cual está inserto el ser humano, sino que deviene fundamentalmente la obtención de una cierta calidad de vida (...). La calidad de vida definida como "el conjunto de condiciones espirituales, éticas y materiales en que se desenvuelve una comunidad, en un espacio y en un tiempo dados, condiciones que hacen posible para cada uno de sus integrantes una existencia sana, feliz, trascendente, solidaria y libre en oportunidad creciente".
Es el derecho de gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades actuales sin que ello comprometa a las generaciones futuras, como las actuales debiendo preservarlo; constituyendo deber de todos los bolivianos y bolivianas proteger y defender un medio ambiente adecuado para el desarrollo de los seres (art. 108 de la CPE).

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Otros precedentes

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Conservación de sus componentes: tierra, flora y fauna

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2

Es obligación del Estado garantizar la existencia de un medio ambiente sano, equilibrado y conservado, de manera que pueda asegurar un aprovechamiento sostenible para las presentes y futuras generaciones

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3

El derecho a un medio ambiente sano, en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos

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4

El medio ambiente se constituye en un derecho difuso (derecho de una cantidad no identificable de personas) susceptible de protección a través de la acción popular

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5

El medio ambiente y el acceso a la información ambiental en la contratación pública de residuos sólidos

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6

El rol del juez constitucional cuando se denuncia la vulneración de los derechos al medio ambiente y a la salubridad pública; y, el principio in dubio pro natura cuando existe controversia científica

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7

Entendimiento, comprensión y finalidad del desarrollo sostenible

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8

Es una obligación del Estado, el prevenir daños ambientales, por lo tanto, se debe supervisar, regular y fiscalizar cualquier actividad que pueda producir un daño significativo al medio ambiente

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9

La acción popular deducida, contiene cuestiones vinculadas a obtener la nulidad de actos administrativos realizados por el Gobierno Autónomo Municipal y el Gobierno Autónomo Departamental, que confirió la licencia ambiental; petitorio que no se encuentra dentro de los alcances de la acción popular

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10

La jurisdicción constitucional, debe aplicar los principios del bloque de constitucionalidad, en casos en los que la problemática a resolver advierta un daño al medio ambiente y a la salud pública, aun cuando éstos no hayan sido expresamente demandados; adaptando el derecho procesal para protegerlos de manera ágil y efectiva

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11

Las comunidades campesinas también pueden manifestar en el ejercicio de sus derechos colectivos, la preservación de un medio ambiente saludable, libre de contaminación, sano e equilibrado

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12

Los residuos urbanos deben tener un tratamiento adecuado a efecto de mitigar las contingencias y los resultados de contaminación ambiental y no permitir la acumulación de sustancias toxicas u otras sustancias peligrosas

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13

Marco conceptual y aspectos generales en relación a la disposición final, clausura y cierre técnico de botaderos descrita en la Guía para el Cierre Técnicos de Botaderos de la Dirección General de Gestión Integrales de Residuos Sólidos del Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico del Ministerio de Medio Ambiente y Agua

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14

Si bien es necesario realizar los estudios técnicos correspondientes para establecer el alcance de la contaminación atmosférica, no es menos evidente que de las quemas incontroladas que se producen en el botadero de Cercado, resulte la generación de gases tóxicos que representan un peligro sanitario

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