Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal ConstitucionalTema: Acción de LibertadSubtema: PRUEBA EN LA ACCIÓN DE LIBERTAD
Línea Jurisprudencial:
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Para la aplicación de la presunción de veracidad, el accionante debe señalar expresamente el lugar donde se encontrarían los elementos de prueba que, pueden ser requeridos por el órgano de control de constitucionalidad; además, de exponer los hechos de manera clara, detallando cómo, cuándo y dónde habría ocurrido la supuesta vulneración de derechos

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Otros precedentes

1

El principio de informalismo de esta acción, no alcanza a la obligación que tiene el accionante de presentar la prueba necesaria que acredite su pretensión

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2

Procede la inversión de la prueba a favor del accionante, cuando la autoridad o persona demandada pese a su legal notificación, no comparece a la audiencia ni remite el informe de ley negando o desvirtuando las denuncias del accionante, máxime si el demandado es un servidor público y por tanto cuenta con el deber jurídico de respaldar y explicar sus actos

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3

Todo juez o tribunal de garantías, cuenta con la obligación de remitir al Tribunal Constitucional Plurinacional, toda la prueba aportada o producida de oficio, para resolver la problemática planteada

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4

Flexibilización de la acreditación de los hechos, cuando se trata de grupos de prioritaria atención (favor debilis)

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5

Obligación del servidor público demandado de presentar prueba que cursa en su poder

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