Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal ConstitucionalTema: Acción de LibertadSubtema: IMPROCEDENCIA
Líneas Jurisprudenciales:
Agregar a favoritos

Imposibilidad de que pueda plantearse otra acción de libertad sobre los mismos hechos estando en trámite y sin pronunciamiento definitivo ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, una primera acción de libertad

¿Quieres ganar dinero?

Con nuestro programa de afiliados puedes ganar dinero recomendando nuestros servicios.

Más información
1

SC 0003/1100-R

Confirmadora
Es el razonamiento constitucional que confirma o ratifica un precedente anterior

En ese entendido, se tiene que, toda acción tutelar debe concluir con el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional que conoce en revisión las resoluciones pronunciadas por el Juez o Tribunal de garantías; es decir, que las partes deben aguardar el pronunciamiento definitivo de la jurisdicción constitucional; por lo que, no es legalmente factible que se interpongan nuevas acciones tutelares en ese lapso con el mismo objeto; por cuanto, se estaría pretendiendo activar nuevamente la jurisdicción constitucional pretendiendo una duplicidad de fallos sobre la misma problemática.
En conclusión, de la jurisprudencia desarrollada precedentemente, se advierte que el Tribunal Constitucional Plurinacional, determinó la imposibilidad de que el accionante pueda plantear otra acción de libertad sobre los mismos hechos estando en trámite y sin pronunciamiento definitivo una primera acción tutelar, en cuyo caso la segunda acción de defensa deviene en una denegatoria de tutela.

Para ver los extractos que forma esta linea jurisprudencial, es necesario que inicie sesión

Otros precedentes

1

Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de materia

Agregar a favoritos
2

No puede interponerse una acción de libertad con la finalidad de hacer cumplir otra anterior

Agregar a favoritos