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La justicia constitucional y su activación a través de la acción de libertad, cuando se acredite la amenaza al derecho a la vida
Los accionantes no demostraron cómo los actos ejercidos por los demandados están directamente relacionados con la amenaza de muerte proferida por estos, y que derivarían en vulneración de su derecho a la vida
El certificado médico, si bien acredita la enfermedad que padece el accionante; sin embargo, sólo hace referencia al tratamiento iniciado que debe ser realizado con carácter indefinido, sin que en ningún momento acredite la etapa avanzada de la enfermedad o el estado grave en el que supuestamente se encontraría, al grado de establecer que su vida se encuentra en un real peligro. Así, como tampoco se encuentra demostrado el probable riesgo de que contraiga neumonía el peticionante de tutela, que se encuentra con apremio corporal por el impago de mensualidades de asistencia familiar, por lo que no se encuentra debidamente acreditado a fin de conceder la tutela solicitada.