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Corresponde al Tribunal Agroambiental resolver los Recursos de Casación interpuestas contra las Sentencias o Autos Definitivos emitidos por los jueces agroambientales

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El recurso de casación que se aplica en materia agroambiental, es el que se encuentra señalado en la Norma Adjetiva Civil, en el marco del régimen de supletoriedad, previsto en el art. 78 de la Ley 1715

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Es posible que las resoluciones que resuelvan incidentes de nulidad de citación, admitan recurso de casación a ser resueltos por el Tribunal Agroambiental

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Flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación en materia agroambiental

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