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Derecho Agroambiental

Materia: Derecho Agroambiental Tema: Derecho Agrario Sustantivo Subtema: PROPIEDAD AGRARIA
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El derecho que le asiste al actor deviene de un derecho de posesión y no de un derecho de propiedad por lo que se debe tomar en cuenta que, no cuenta con titulo o derecho propietario alguno, sino simplemente con la tradición civil y transferencia de un derecho posesorio en ese sentido el beneficiario tiene derecho a ser reconocido conforme tendría que ser titulado en calidad de poseedor y se tiene establecido por el art. 309 -II del D.S. N° 29215 (SAP-S2-0004-2018)