Tribunal Agroambiental Bolivia
Materia: Derecho Agroambiental Tema: Derecho Agrario Sustantivo Subtema: POSESIÓN AGRARIA
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La posesión debe distinguirse de la detentación; el detentador (arrendatario rural, inquilino, depositario), sin ser propietario ni titular de un derecho real, tiene sobre la cosa un poder de derecho, poder que se le ha conferido por el propietario o por la ley. Mientras que el poseedor, cuando no es propietario, desconoce los derechos del dueño; el detentador (arrendatario, inquilino, depositario), reconoce esos derechos. (ANA-S1-0032-2016)