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Valor de los informes y su impugnación en sede administrativa
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Más informaciónEl informe legal emitido por la Unidad de Análisis Jurídico del Ministerio de Salud y Deportes y la Consulta Técnica que ratificó el Informe Legal, no constituyen ni generan actos administrativos definitivos, ya que pueden o no ser asumidos por las autoridades encargadas de la toma de decisiones; en consecuencia, no se puede exigir su impugnación mediante los recursos de revocatoria o jerárquico, más aún, si no existió un proceso administrativo
Otros precedentes
Caracteres jurídicos esenciales del acto administrativo
Entendimiento y comprensión del acto administrativo
La Administración se encuentra prohibida de anular de oficio actos administrativos, en todo caso deberá acudirse al control jurisdiccional a través del proceso contencioso administrativo
Validez del acto administrativo -condiciones que deben cumplirse-
En caso de que una autoridad administrativa, pretenda dar como respuesta un informe legal, ésta asume plenamente lo contenido en el mismo, sin que ello implique que los profesionales abogados sean directamente responsables por la opinión vertida en dicho informe
Las terceras personas que resulten afectadas en sus derechos por cualquier resolución o acto administrativo, deben ser necesariamente notificadas
Los actos administrativos, por su contenido se clasifican en definitivos y en los de trámite o de procedimiento
Los informes y certificaciones emitidos por Derechos Reales, no constituyen actos administrativos susceptibles de impugnación ni son tutelables vía acción de amparo constitucional
Validez y eficacia de los actos administrativos (la nulidad como la anulabilidad de los actos administrativos, sólo pueden ser invocadas mediante la interposición de los recursos administrativos previstos en la ley)