SCP 0707/2018-S2
Fecha: 31 de Octubre del 2018
LEGITIMACIÓN ACTIVA
La acción popular puede ser presentada por cualquier persona cuando se alegue lesión a derechos colectivos o intereses difusos
NATURALEZA JURÍDICA
No es exigible el principio de inmediatez para la procedencia de la acción popular
NATURALEZA JURÍDICA
No es exigible el principio de subsidiariedad para la procedencia de la acción popular
DERECHOS DEL CONSUMIDOR
El derecho de los usuarios al acceso a un sistema de transporte urbano eficiente y eficaz, que genere beneficios a los usuarios y a los proveedores
PRUEBA
En la acción popular es posible proponer todos los medios de prueba lícitos que sean útiles para la formación del convencimiento del juez constitucional
LEGITIMACIÓN PASIVA
Es deber de la justicia constitucional, reconducir la legitimación pasiva, determinando qué servidores públicos son responsables a partir de las competencias establecidas en la Constitución Política del Estado y la ley
SENTENCIA
La sentencia en la acción popular y sus efectos
TERCEROS INTERESADOS
Respecto a la citación y participación de los terceros interesados en la acción popular