Corte Constitucional de Colombia

Corte Constitucional de Colombia

 

Auto 007/93

 

REF: Solicitud de Nulidad de la sentencia T-120 de marzo 29 de 1993.

 

 

 

Magistrado Sustanciador:

ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO.

 

 

 

Santafe de Bogotá, D.C., junio ocho (8) de mil novecientos noventa y tres (1993).

 

 

La Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional, compuesta por los, Magistrados Alejandro Martinez Caballero, Fabio Morón Diaz y Vladimiro Naranjo Mesa, en el auto de la referencia, en ejercicio de sus comptetencias constitucionales y legales, y,

 

 

 

 

CONSIDERANDO

 

 

 

1. Que el Juzgado 24 Civil del Circuito de Santafe de Bogotá remitió el expediente No. T-5088 a la Sala Séptima de Revisión de tutelas de la Corte Constitucional para que esta resuelva un incidente de nulidad sobre la sentencia T-120 de marzo 29 de 1992, correspondiente a la acción de tutela aludida.

 

2. Que el articulo 49 del Decreto No. 2067 de 1991 preceptúa:

 

 

 

Artículo 49. Contra las sentencias de la Corte Constitituional no precede recurso alguno.

 

 

 

La nulidad de los procesos ante la Corte Constitucional sólo podrá ser alegada antes de proferido el fallo. Sólo las irregularidades que impliquen violación del debido proceso podrán servir de base para que el Pleno de la Corte anule el proceso. (subrayas fuera de texto)

 

3. Que, así las cosas, es improcedente la solicitud de nulidad sobre una sentencia por expresa prohibición del artículo antecitado. Sólo procede la nulidad contra el proceso, antes de haberse emitido la sentencia.

 

 

4. Que para que la Corte se pronuncie sobre una solicitud de nulidad se debe cumplir el requisito temporal del articulo 49 del Decreto No. 2067 de 1991, el cual es la petición de nulidad del proceso antes que se profiera senetencia.

 

De conformidad con lo expuesto, la Sala Séptima de Revisión de de la Corte Constitucional de la República de Colombia, en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,

 

 

 

 

RESUELVE

 

 

1. RECHAZAR por improcedente la solicitud de nulidad presentada por Arturo Sanchez Zambrano, remitida por el juzgado 24 Civil del Circuito de santafé de Bogotá, contra sentencia T-120 de Marzo 29 de 1993.

 

 

 

 

 

Notifiquese y cúmplase

 

 

 

 

ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO

Magistrado Ponente

 

 

 

 

 

FABIO MORON DIAZ

Magistrado

 

 

 

 

 

VLADIMIRO NARANJO MESA

Magistrado

 

 

 

 

 

MARTHA VICTORIA SACHICA DE MONCALEANO

                                                Secretaria General