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PRINCIPIO NON BIS IN ÍDEM
Aspecto sustantivo y procesal o adjetivo
En los casos de procesos disciplinarios contra servidores públicos, cuando por un mismo hecho se impone una sanción penal y otra administrativa, el principio del non bis in idem no es aplicable, toda vez que en estos casos se vulneran diferentes bienes jurídicos
Este principio no es aplicable exclusivamente al ámbito penal, sino que también lo es al ámbito administrativo,
Posee una triple dimensión al igual que el debido proceso, por cuanto se constituye en un derecho fundamental, una garantía sustantiva y un principio rector del ordenamiento jurídico
Entendimiento, comprensión y finalidad del principio non bis in ídem
La prohibición del doble enjuiciamiento, debe ser extensible a los distintos campos del derecho sancionador (derecho penal, contravencional, disciplinario, administrativo, etc.)