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Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia Bolivia
Materia: Derecho Procesal Penal Tema: Perdón Judicial Subtema: PERDÓN JUDICIAL
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El perdón judicial debe concederse al dictar Sentencia condenatoria, conforme el art. 368 del CPP, pero si no se la efectuó en dicho momento procesal, puede concederse cuando esté ejecutoriada la misma

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Sucre, Bolivia

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