Materias
Derecho Procesal Penal
BoliviaTribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal PenalTema: Perdón JudicialSubtema: PERDÓN JUDICIAL
Línea Jurisprudencial:
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El perdón judicial debe concederse al dictar Sentencia condenatoria, conforme el art. 368 del CPP, pero si no se la efectuó en dicho momento procesal, puede concederse cuando esté ejecutoriada la misma
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Otros precedentes
1
Competencia para conocer y resolver las solicitudes de perdón judicial
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2
Debe disponerse la libertad del condenado cuando se conceda el perdón judicial
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3
Entendimiento, comprensión y finalidad del perdón judicial
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