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Derecho Procesal Penal

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Una vez producida la excusa o promovida la recusación, el juzgador se recusado se verá impedido de realizar acto jurisdiccional alguno dentro del proceso bajo sanción de nulidad
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Una vez producida la excusa o promovida la recusación, el juzgador se recusado se verá impedido de realizar acto jurisdiccional alguno dentro del proceso bajo sanción de nulidad