Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia Bolivia
Materia: Derecho Procesal Penal Tema: Excepciones e incidentes Subtema:

EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN

1

Cómputo de la prescripción

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2

Diferencia con la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso

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3

En delitos instantáneos y permanentes, así como en delitos instantáneos con efectos permanentes (por la duración de la ofensa al bien jurídico atacado)

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4

En los delitos continuados

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5

En los delitos de estafa y estelionato que son delitos instantáneos, la prescripción debe empezar a computarse desde la media noche del día en que fueron cometidos

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6

Interrupción de la prescripción por rebeldía

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7

La denuncia penal no constituye causal de interrupción o suspensión de la prescripción

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8

El cómputo de la prescripción, respecto a los delitos instantáneos de falsedad material e ideológica, falsificación de documento privado y estelionato

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9

El término de la prescripción, en el delito de acusación y denuncia falsa se suspende entre tanto se sustancie el proceso penal a que dio lugar la acusación falsa y se dicte la respectiva Sentencia absolutoria conforme está previsto por el art. 363 CPP

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10

Entendimiento y configuración procesal de la extinción de la acción penal por prescripción

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11

Fundamento constitucional del instituto jurídico de la prescripción de la acción penal

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12

La prescripción de la acción penal, en torno al delito de uso de instrumento falsificado

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13

Oportunidad (plazo) para interponer la excepción de extinción de acción penal por prescripción

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