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Entendimiento, comprensión y finalidad de la etapa preparatoria
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Más informaciónQue el caso que se analiza se encuentra en etapa preparatoria que tiene por finalidad la preparación del juicio oral y público, mediante la recolección de todos los elementos que permitan fundar la acusación del fiscal o del querellante y la defensa del imputado, etapa que conforme lo determina el art. 134 de la Ley Nº 1970 debe finalizar en el plazo máximo de seis meses de iniciado el proceso. Dentro de este plazo se encuentra subsumido el plazo del término de la investigación preliminar efectuada por la Policía previsto por el art. 300 de la Ley Nº 1970.
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Otros precedentes
Se encuentra integrada por tres fases
El plazo de los seis meses para la realización de la etapa preparatoria no se interrumpe durante la vacación judicial
La devolución de obrados ante el Juez a quo únicamente es con fines de saneamiento de actuados específicos de la etapa preparatoria, pero no para resolver pretensiones posteriores a la acusación como la excepción de prescripción
Remisión de antecedentes -saneados- al tribunal de sentencia en caso de constituirse requerimiento conclusivo de acusación fiscal, incluyendo toda cuestión planteada con posterioridad -excepciones e incidentes-