Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal ConstitucionalTema: Grupos VulnerablesSubtema: NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Líneas Jurisprudenciales:
Agregar a favoritos

En aquellos casos en los que exista una resolución judicial que defina la situación legal de un menor de edad -sea por acuerdo homologado o resolución judicial de guarda-, la misma debe ser respetada y cumplida, en sus alcances y efectos por ambos progenitores, casos en los cuales el progenitor que considere que esa decisión no es la más adecuada en relación al bienestar físico y psicológico del menor involucrado, debe acudir ante el Juez que conoció el conflicto familiar

¿Quieres ganar dinero?

Con nuestro programa de afiliados puedes ganar dinero recomendando nuestros servicios.

Más información
1

La determinación judicial de guarda, asumida en la Resolución de medidas provisionales y su conminatoria respectiva, debe ser cumplida y respetada por el progenitor, velando por el interés superior de los menores de edad y contribuir en su desarrollo integral; por lo que, de forma inmediata debe proceder a su restitución

Otros precedentes

1

La tutela reforzada niñas, niños y adolescentes como miembros de un grupo de atención prioritaria

Agregar a favoritos