Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia Bolivia
Materia: Derecho Procesal Constitucional Tema: Conflicto de Competencias Jurisdiccionales Subtema: LEGITIMACIÓN ACTIVA
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Un juez no puede reclamar competencia a nombre de otro juez, aun cuando sea de su misma jurisdicción

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Quienes generaron el conflicto de competencias jurisdiccionales son el Cacique Territorial y Corregidor Auxiliar, pero dichas autoridades no reclamaron competencia para sí, sino que lo hicieron para el Jatun Killaka Asanajaqi “JAKISA”, razón por en el caso concreto existe falta de legitimación activa

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Las autoridades de la “COMISIÓN JUSTICIA” del CAOP, reclamaron su competencia ante el juez de la jurisdicción ordinaria y presentaron la demanda del conflicto de competencias jurisdiccionales; por lo que correspondía a las nuevas autoridades de la misma Comisión, subsanar las observaciones realizadas por la jurisdicción constitucional; sin embargo, se apersonaron autoridades originarias de una comisión distinta, como es “COMISIÓN EDUACIÓN Y SALUD” que no intervino en los antecedentes de la demanda, por lo que no se tiene acreditada su legitimación activa para la procedencia de la demanda de conflicto de competencias jurisdiccionales