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La teoría del selft-restraint, respecto a las autolimitaciones de la justicia constitucional
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Otros precedentes
La jurisdicción constitucional no es una instancia más de impugnación dentro los procesos administrativos o judiciales
La jurisdicción constitucional bajo ningún justificativo podrá interferir en el criterio que puedan emitir los jueces para determinar la culpabilidad o no de un imputado, de igual manera la existencia o no del delito que se investigó
La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
Los preceptos de la doctrina de auto restricciones, deben ser entendidos bajo los postulados del Estado Constitucional de Derecho y los principios de impulso de oficio, no formalismo e inquisitivo