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DERECHO A LA IMAGEN Y DIGNIDAD
A raíz de la publicación de datos sensibles inherentes a la vida sexual de la accionante, se vertieron comentarios de índole sexual, siendo violentos y denigrantes no solo contra la accionante, sino también contra su familia y a su condición de mujer, vulnerando así su derecho a la dignidad como persona
Los medios de comunicación deben tomar en cuenta que toda noticia que se publique e involucre a un menor o adolescente, y como consecuencia de aquello se afecte su imagen e integridad, debe preservar su identidad manteniéndolo en absoluta reserva como la de su familia
Los medios de comunicación no están facultados para afirmar la responsabilidad penal de una persona que está siendo investigada, hasta que no se emita una sentencia judicial condenatoria y ejecutoriada que declare la señalada responsabilidad
Los medios de comunicación, cuando emitan noticias respecto a menores de edad involucrados en presuntos hechos delictivos, deben tener mayor cuidado sobre la reserva sobre su identidad