Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaBolivia
Tribunal: Tribunal Constitucional Plurinacional de BoliviaMateria: Derecho Procesal ConstitucionalTema: Acción de amparo constitucionalSubtema: REQUISITOS DE CONTENIDO
Líneas Jurisprudenciales:
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Cuando la acción de amparo constitucional sea formulada por una pluralidad de impetrantes, debe exponerse la relación de los hechos de forma precisa, individual y discernible, articulando los distintos actos con los derechos de los cuales son titulares cada uno de los accionantes y con el petitorio

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Otros precedentes

1

El Juez de tutela está obligado a conferir solamente lo que se le ha pedido (petitum), excepcionalmente es posible que el Juez constitucional pueda conceder una tutela ultra petita

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2

Entendimiento de la relación de los hechos en la acción de amparo constitucional

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3

La inobservancia de los requisitos de contenido de la acción de amparo, da lugar al rechazo in límine sin la concesión de plazo para su subsanación

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4

Los elementos fácticos y jurídicos constituyen "la causa de pedir" o "causa petitum"

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5

Debe existir relación de causalidad y explicación entre los hechos denunciados, los derechos lesionados y el petitorio en la acción de amparo constitucional (nexo de causalidad)

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6

Entendimiento, comprensión y finalidad del petitorio o petitum en la acción de amparo constitucional

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7

Los requisitos de fondo de la acción de amparo constitucional, se encuentran íntimamente vinculados al ejercicio del derecho a la defensa de la parte demandada, por lo que no pueden ser cambiados o modificados por el juzgador constitucional

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