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Diferencia entre autos interlocutorios definitivos y autos interlocutorios simples en materia civil
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Más informaciónEl art. 188 del CPC, respecto los autos interlocutorio señala: Los autos interlocutorios resolverán cuestiones que requieren sustanciación y se suscitaren durante la tramitación del proceso. Además de los requisitos indicados en el artículo precedente, contendrán:
1) Los fundamentos de la resolución.
2) La decisión expresa positiva y precisa de las cuestiones planteadas.
3) La imposición de costas y multas en su caso (negrillas agregadas).
Gonzalo Castellanos Trigo, en su libro Resoluciones, Principios y Nulidades Procesales, Primera Edición, de la Gestión 2008 en su Pagina 136 a 137 señala: Los autos interlocutorios son como su nombre señala intermedios entre una providencia y sentencia y normalmente están destinados para resolver algunas cuestiones de procedimiento que se presentan en la tramitación del proceso, pero jamás resuelven el fondo del problema.
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Los autos interlocutorio no causan gravamen irreparable, no ponen fin al proceso y solo se pronuncian sobre el proceso, nunca sobre el derecho que es objeto del litigio, por consiguiente, solo tienen por objeto la marcha del proceso y resolver cuestiones procesales, incidentes y otros trámites que se presentan en la tramitación del proceso y que necesitan de fundamentos.
Por ejemplo, se resuelven con autos interlocutorios los incidentes de nulidad, los puntos de hecho a probar y la calificación del proceso; las excepciones dilatorias, decisiones como la que rechaza una prueba las que resuelven una tercería de derecho preferente de pago o mejor derecho propietario, las que fijan los honorarios profesionales, las que imponen una sanción pecuniaria, etc..
Respecto a los autos definitivos, el mismo Autor en su libro citado, pagina 142, señala: Los autos definitivos se equiparan a una sentencia judicial, porque ponen fin al proceso en forma definitiva; por lo tanto, resuelven cuestiones que requieren sustanciación, motivación y una explicación a las partes. Constituyen autos definitivos aquellas que se pronuncian, por ejemplo, sobre una excepción previa de cosa juzgada, transacción, prescripción o sobre una forma extraordinaria de conclusión del proceso, igualmente los procesos voluntarios concluyen con este tipo de resolución.
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Estas resoluciones se pronuncian sobre el derecho que es objeto del proceso; por lo tanto, no se refieren sobre el proceso, una vez dictada esta resolución y ejecutoriada la misma concluyen en forma definitiva con el proceso; por eso, contra dichos autos, procede el recurso de apelación, como también el de casación, situación que no ocurre con los autos interlocutorios.
Conforme a la norma y doctrina citadas precedentemente, auto interlocutorio es aquella resolución que resuelve algunas cuestiones de procedimiento que se presentan en la tramitación del proceso, no se pronuncian sobre el derecho objeto de litigio, no ponen fin al proceso, sino sólo tienen por objeto la marcha del proceso y resolver cuestiones procesales, incidentales y otros trámites que se presentan en la tramitación del proceso, entre ellas las excepciones previas previstas del inc. 1) al 6) del Art. 336 del CPC, por que las resoluciones que se emiten sobre ellas recaen sobre el proceso.
Auto definitivo, es aquella resolución que se equipara a una sentencia porque ponen fin al proceso en forma definitiva; a través de ella, se resuelven las excepciones previas previstas a partir del art. 7 al 11 del art. 336 CPC.
Para ver los 4 extractos, que forma esta linea jurisprudencial, es necesario que inicie sesión
Otros precedentes
Cuando el auto interlocutorio sea emitido en ejecución de sentencia, la concesión del recurso de apelación subsidiario, será en el efecto devolutivo
Entendimiento y finalidad del auto interlocutorio definitivo
La resolución que se pronuncia sobre las excepciones previstas de los inc. 1) al 6) del art. 336 del Código de Procedimiento Civil, son autos interlocutorios y la resolución que se pronuncia respecto a las excepciones previstas a partir del inc. 7) al 11) de la misma norma, son autos definitivos que tiene el carácter de sentencia
Los autos interlocutorios simples no admiten apelación ni de recurso de casación; a contrario los definitivos si son susceptibles de apelación directa
Naturaleza jurídica del auto interlocutorio
Respecto al plazo para apelar los autos interlocutorios definitivos y autos interlocutorios simples en materia civil