Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia Bolivia
Materia: Derecho Electoral Tema: Causales de Inegibilidad Subtema: RENUNCIA NOVENTA DÍAS
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Quienes ocupen cargos electivos, no deberán renunciar tres meses antes para postular a un cargo electivo, condición que se mantiene para los servidores designados y los de libre nombramiento

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Los Vocales del Tribunal Supremo Electoral, en la Resolución impugnada, centraron su análisis en la forma en que el accionante llegó a ocupar el cargo de Subgobernador, señalando que al haber sido designado por la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, y no haber renunciado al menos tres meses antes del día de la elección, incurrió en la causal de inelegibilidad del art. 238.3 de la CPE; omitiendo analizar la naturaleza del cargo que ocupaba, al momento de postular a su candidatura, condición sine qua non para determinar el alcance de la causal de inelegibilidad dispuesto en el art. 238.3 de la Norma Suprema, por lo que los argumentos de la Resolución examinada resultan ser arbitrarios, al no tener una debida fundamentación y motivación